A fin de intentar entender el papel que podrían desempeñar las nuevas religiones en el próximo milenio, primero hay que ver la importancia de la religión y mas precisamente de la libertad de religión como derecho humano. Así consideramos los distintos instrumentos de protección de los Derechos Humanos que mencionan el de la libertad de religión, en un primer tiempo los instrumentos nacionales y en segundo tiempo los instrumentos internacionales;hay que ver también los problemas de implementa de estos instrumentos de derecho así como los problemas de definición de lo que es la libertad de religión.
Luego, sería interesante concentrarse en al situación de las religiones más tradicionales, se verá que estas se enfrentan a problemas de intolerancia en ciertos casos, la nocion de libertad se ve en cierto numero de casos amenazada, y parecen raros los casos, la noción de libertad se ve en cierto número de casos amenazada, y parecen raros los casos en que este derecho a la libertad de religión es respetado e implementado de manera conveniente.
Por fin, para formarse una idea del papel de las nuevas religiones en el próximo milenio, hace falta ver su situación actual, que como uno puede imaginarse es aun peor que la de las religiones tradicionales.
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I LA RELIGIÓN COMO DERECHO HUMANO PROTEGIDO NACIONAL E INTERNACIONALMENTE.

Existen distintos instrumentos nacionales e internacionales que se refieren a la religión y mas particularmente a la libertad de religión como derecho humano, es decir un derecho que pertenece a una persona por su mera naturaleza de ser humano. Estos instrumentos certifican y declaran la existencia de tal derecho ,de tal libertad adjunta a otras libertades y otros derchos.Pero esta no es su única razón de ser .En efecto, los instrumentos sean nacionales o internacionales por su naturaleza de instrumento de derecho a la libertad de religión; representan un guía de actitud para los países, una base que permite una concienciación y ojalá el respeto de dichos derechos.

 

Existen entonces instrumentos nacionales que reconocen la existencia de un derecho humano a la libertad de religión y que permiten su protección gracias al sistema, gracias a la existencia de un estado de derecho. Este instrumento suele ser la Constitución de un país nos basaremos aquí como en la mayoría de este trabajo en el caso de los países europeos, sin no obstante ignorar la situación de otros países.
En Austria, el articulo 14(2) de la constitución garantiza los derechos políticos y civiles sin consideración religiosa ninguna es decir que los ciudadanos, sin hacer caso de su religión tienen los mismos derechos. La religión ya que pertenecer a tal o tal religión no perjudicara a la persona. El articulo 15 por su parte declara que cada iglesia y sociedad religiosa reconocida por la ley puede practicar públicamente y tiene libertad de organización .Este articulo, aunque da protección y libertad religiosa, parece imponer ya cierto límite ya que se aplica a grupos reconocidos por la ley.

En el caso de Bélgica, la constitución también prohibe la discriminación basada sobre la religión: El articulo 11 reconoce los derechos y libertades de los ciudadanos en general que existen sin discriminación ninguna, además , las minorías ideológicas y filosóficas ven sus libertades y derechos garantizados. El artículo 21 garantiza la independencia de las religiones y el artículo 19 protege todos los aspectos de la libertad religiosa (práctica, culto, expresión ...)

En Dinamarca de la misma manera la constitución protege la libertad religiosa del país Y en Francia igualmente, la constitución garantiza la libertad de religión protegiendo contra la discriminación basada sobre la religión. La presencia de al declaración de los derechos del hombre en el cuerpo constitucional con el articulo X añade a la idea de existencia de la libertad de religión tambien.El articulo 3.3 es en contra de la discriminación el articulo 4.1 declara la libertad de creencia, de conciencia, la libertad de creencias religiosas y filosóficas y el articulo 4.2 por su parte representa la garantia de la practica de la religión además, el código penal alemán prohibe la violencia y el odio contra los demás.

Grecia por su parte también cuenta con una constitución garantizadora de la no discriminación religiosa el artículo 13 declara que los derechos civiles y la libertad son independientes de la conciencia religiosa de uno, además garantiza la libre práctica de la religión de cada uno. De la misma manera, la constitución Italiana protege la libertad de religión en el artículo 8 y el artículo 19 que protege la libertad de expresar y difundir su religión y practicarla. También esta prohibida la incitación al odio.

Como todos los países de los que hemos hablado hasta ahora, los países Bajos tienen una constitución que protege la libertad de religión. En la Federación Rusa un decreto sobre la libertad religiosa fue promulgado en 1990, la Constitución de 1993 prohibe la obligación de pertenecer a una religión o la existencia de una religión de estado, así como lam incitación al odio.

En el caso de Bélgica, la constitución también prohibe la discriminación basada sobre la religión: El articulo 11 reconoce los derechos y libertades de los ciudadanos en general que existen sin discriminación ninguna, además , las minorías ideológicas y filosóficas ven sus libertades y derechos garantizados. El artículo 21 garantiza la independencia de las religiones y el artículo 19 protege todos los aspectos de la libertad religiosa (práctica, culto, expresión ...)

 

 


Francisco José Alonso Rodríguez
Presidente Nacional de la Liga Española Pro-Derechos Humanos


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