La Convención sobre los derechos del niño, que entró en vigor el 2 de septiembre de 1990, es el tratado sobre derechos humanos más ratificado en el mundo. Solamente EE UU y Somalia están a día de hoy sin ratificar dicho tratado. Por esta razón se puede considerar que los derechos del niño están bien protegidos, pero a pesar de ese reconocimiento, muchos niños sufren abusos y maltratos en todos los continentes del mundo. Aunque muchos países, especialmente en Latinoamérica, cambiaron sus leyes de justicia juvenil para garantizar los derechos de los niños propuestos en la convención, todavía existen violaciones a los derechos de los niños, y las leyes nacionales no cumplen los artículos de dicha convención. Según el artículo 1 de la convención, se entiende por niño "todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad".
Habitualmente se le ha prestado muy poca atención a los maltratos y violencia llevados a cabo por la policía a los niños de la calle, o al trato de los niños dentro del sistema judicial. En particular los niños de la calle son más vulnerables y maltratados. Los atropellos con frecuencia comienzan ya en los primeros contactos con los funcionarios de las fuerzas del orden, con malos tratos, tortura e incluso la muerte. Según el ONG Human Rights Watch, niños de la calle en todo el mundo son objeto de maltrato físico cometido por la policía o fueron incluso asesinados. Los gobiernos tratan esto como un problema que tiene que ser erradicado y no realmente como niños que necesitan nutrición y protección. Frecuentemente la policía detiene arbitrariamente a estos niños solamente porque ellos están sin hogar. Algunos países, por ejemplo en Latinoamérica, tuvieron una solución muy fácil para resolver el problema de los niños de la calle a través de una realización de limpieza social. Los niños, considerados vagos o maleantes, han sido torturados, mutilados y víctimas de amenazas de muerte y ejecuciones extrajudiciales. Reciben palizas de policías que quieren extorsionarles y la policía suele detener a los niños sin causas suficientes. Las niñas pueden verse forzadas a ofrecer favores sexuales para evitar su detención o que la policía las ponga en libertad.
Una vez internados en centros juveniles y correccionales penales, los niños suelen ser maltratados y objeto de abusos, y tienen que soportar fuertes castigos corporales, torturas, trabajos forzados, negación de alimentos, aislamiento, restricciones, ataques sexuales y hostigamiento. En muchos casos, los niños son detenidos junto con adultos, lo que los expone al peligro de abusos físicos y sexuales. Países de todo el mundo continuaron con la práctica de detener a menores por delitos especiales de los menores, actos que no constituirían delito si el autor fuera un adulto. Muchas veces los niños de la calle son detenidos por tiempo excesivo en condiciones horribles. Según el Derecho Internacional, la privación de la libertad de los niños tiene que ser una medida como último recurso y de una duración lo más breve posible. En las prisiones se niega frecuentemente el alimento a los niños, así como la asistencia sanitaria y la educación.
No hay muchos abogados u otros adultos que salgan en defensa de los niños de la calle. Muchas veces a las familias de estos niños no se les informa sobre el arresto de su hijo. En algunos países la policía detenía niños de la calle sin razón alguna y estos niños no tenían la oportunidad para ir al frente del juez para juzgar su caso en el tiempo requerido por la ley nacional. Muchas veces los niños tampoco recibían ayuda legal alguna de un abogado. Muchos países continuaron imponiendo en sus sentencias a los menores penas de castigo corporal. Por ejemplo, según el Comité de los Derechos del Niño, en Arabia Saudí existen casos donde los niños fueron condenados a penas de azotes, lapidaciones y amputaciones. La Convención sobre los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes todos prohiben el castigo corporal y también prohiben la pena capital para menores de 18 años de edad.
Con frecuencia los sistemas de justicia
de menores son inexistentes, los magistrados, abogados, asistentes sociales
y el personal de las instituciones no reciben una capacitación especial
y no se proporciona a los niños información sobre los derechos
fundamentales y las salvaguardias jurídicas. También el estado
niega la preparación de los niños para volver a la sociedad.
A la falta de investigaciones adecuadas muchas veces los casos de abuso de
los niños no son resueltos y los responsables no son demandados. Por
ejemplo la ONG Casa Alianza en Guatemala está trabajando de buscar
justicia en los casos de niños de la calle asesinados. En junio 2001
el Corte Interamericano de los Derechos Humanos condenó a Guatemala
en un caso de asesinato de cinco niños de la calle a manos de la policía.
El fracaso de una correcta y eficaz investigación y proceso en los
casos de maltratos a los niños de la calle, lleva a que la violencia
continúe con impunidad.
Heidi Lahtinen
Francisco José Alonso
Rodríguez
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